Entradas

Mostrando entradas de 2011

La finalidad resocializadora de la pena: Una mirada desde el garantismo penal.

I. Introducción Tal como afirma Luigi Ferrajoli en su obra Derecho y Razón, una teoría sobre el Garantismo penal, la crisis de legitimidad que embarga a los actuales sistemas penales afecta desde hace tiempo a los mismos fundamentos clásicos del derecho penal, ya porque son inadecuados o, lo que es peor, porque no pueden ser satisfechos, porque han sido olvidados y aplastados por orientaciones eficientistas y pragmáticas [1] . Añade, el maestro italiano, que el derecho penal, aun cuando rodeado de límites y garantías, conserva siempre una intrínseca brutalidad que hace problemática e incierta su legitimidad moral y política. La pena, cualquiera que sea la forma en que se la justifique y circunscriba, es en efecto una segunda violencia que se añade al delito y que está programada y puesta en acto por una colectividad organizada contra un individuo [2] . En este sentido, la pena es la característica más tradicional e importante del Derecho Penal. Su origen se encuentra vinculado con la d

El error en los elementos normativos del tipo

1. Introducción. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo mostrar algunas de las teorías que en dogmatica penal han tratado de dar solución al problema de explicar si el error en los elementos normativos del tipo configura un error de tipo, o un error de prohibición. Para ello hemos recurrido, sobre todo, a las ideas de la profesora de la Universidad Autónoma de Barcelona, Celia Suay Hernandez, plasmadas en su artículo sobre “Los elementos normativos y el error”, publicado en el Tomo XLIV del Anuario de Derecho penal y Ciencias penales, al Libro de Derecho penal - Parte General del profesor Claus Roxin, y finalmente al Libro de Derecho Penal Económico – Parte General del profesor Percy García Cavero. 2. Definición de los elementos normativos. Frecuentemente se conviene en que la expresión "elemento normativo" la introduce en la dogmática penal Max Ernst Mayer en 1915. Sin embargo, Herberger señala como origen un trabajo de Eduard Kohlrausch publicado en 1904,