La idea de verdad en el proceso
Como afirma el maestro Humberto Briseño Sierra, el proceso se secciona lógica y jurídicamente por la necesidad de acomodar el instar proyectivo a los tres principales cometidos legales que se le atribuyen: afirmar, confirmar y concluir. Así, se necesitan de estas tres fases porque en cada una de ellas se hacen referencia a conductas simbólicas distintas. Siguiendo ésta serie lógica y consecuencial, en la fase confirmativa, las pretensiones comunicadas por las partes reciben un apoyo, es decir, son acompañadas de objetos que reafirman los asertos expuestos en la fase de afirmación, dotando de eficiencia fáctica la pretensión, es decir, reforzando los hechos afirmados. [1] Sin embargo, al confirmar se suelen aplicar medios e instrumentos que no son propiamente probatorios, sobre todo si se piensa que probar es encontrar la verdad de los hechos pretéritos. Lo que sucede en realidad, es que con el nombre de prueba se realizan convicciones, acreditamientos y mostraciones que influyen en e